La inducción es un proceso necesario, pero no debe ser condición para la evaluación de desempeño a un profesional educativo que aprobó concurso de oposición. Mi granito de arena R.D.

La inducción es un proceso necesario, pero no debe ser condición para la evaluación de desempeño a un profesional educativo que aprobó concurso de oposición. Mi granito de arena R.D.

La inducción no ha debido ser, ni ahora ni nunca, una condición obligatoria para que un docente o funcionario docente que ganó un concurso de oposición pueda acceder al proceso de evaluación del desempeño ante el Ministerio de Educación. Quien superó un concurso público ya demostró méritos, competencias y conocimientos suficientes para estar en el sistema educativo.

La inducción es una herramienta formativa, no un filtro administrativo ni un mecanismo de exclusión. Su razón de ser es acompañar, orientar y fortalecer al docente en su práctica profesional, especialmente en sus primeros pasos dentro del sistema, no convertirse en una barrera que limite derechos adquiridos por vía legal y meritocrática.

Condicionar la evaluación del desempeño a la inducción distorsiona el sentido de ambos procesos. La evaluación mide resultados, impacto y compromiso; la inducción orienta, actualiza y apoya. Mezclarlas como requisito previo genera desigualdad, retrasa procesos y afecta directamente la estabilidad, la motivación y la carrera profesional del magisterio.

Desde esta reflexión responsable, reitero que el sistema educativo dominicano debe avanzar hacia políticas más justas, coherentes y alineadas con el respeto al mérito, la legalidad y la dignidad del docente. La calidad educativa no se construye con trabas, sino con acompañamiento, reconocimiento y reglas claras.

Este es mi granito de arena, dicho con firmeza, respeto y compromiso con la educación nacional.

Soy Franklin Onésimo Tavárez Sánchez

#MiGranitoDeArena
#MiGranitoDeArenaRD

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