El celular en manos de estudiantes: realidad, ley y gestión educativa en la República Dominicana-PRIMERA PARTE

El celular en manos de estudiantes: realidad, ley y gestión educativa en la República Dominicana-PRIMERA PARTE

El celular en manos de estudiantes: realidad, ley y gestión educativa en la República Dominicana

Reflexiones de un gestor educativo para comprender un fenómeno que llegó para quedarse

La presencia del teléfono celular en la vida cotidiana de niños, adolescentes y adultos se ha convertido en una realidad imposible de ignorar. En el ámbito educativo, este dispositivo representa simultáneamente una oportunidad pedagógica y un desafío disciplinario, lo que obliga a directores, docentes y familias a comprender con claridad qué dicen las leyes dominicanas y cuáles son las responsabilidades de cada actor.

Desde mi experiencia como gestor educativo, considero que el primer paso para abordar este tema con responsabilidad consiste en conocer el marco legal que regula tanto la activación de las líneas telefónicas como el uso de estos dispositivos en el entorno escolar.

Podcast 1

¿Existe una edad legal para tener celular en la República Dominicana?

Una de las preguntas más frecuentes que recibimos en las escuelas por parte de padres y docentes es si existe una edad mínima legal para que un niño o adolescente tenga un celular.

La realidad jurídica dominicana establece que no existe una ley que prohíba a los menores tener un celular. Sin embargo, existen regulaciones relacionadas con la activación de las líneas telefónicas y los contratos de servicio que se establecen con las compañías de telecomunicaciones.

Estas normas son supervisadas por el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), entidad responsable de regular el sector de las telecomunicaciones en el país.

Desde esta perspectiva, es importante entender una diferencia fundamental: no es lo mismo usar un celular que contratar una línea telefónica.

En términos legales, la activación de una línea telefónica constituye un contrato de servicio, y por esta razón la línea debe registrarse a nombre de una persona mayor de edad, es decir, alguien que tenga 18 años o más.

Por lo tanto, aunque un menor puede utilizar un celular, la línea debe estar registrada a nombre de un padre, madre o tutor legal, quien será el responsable jurídico del servicio contratado.

Esta cápsula es auspiciada por el Círculo Dominicano de Comunicadores Turísticos y educativos y Fots Dominicana Medios  y su presidente  Franklin Onésimo Tavárez Sánchez, MAE. /MAM.

Hasta mi próximo granito de arena  / postcast No. 2 sobre el tema,

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