Rol de los técnicos nacionales, regionales y distritales respecto a los directores de los centros educativos en la legislación educativa dominicana. Periodismo educativo

Rol de los técnicos nacionales, regionales y distritales respecto a los directores de  los centros educativos en la legislación educativa dominicana. Periodismo educativo
Por Franklin Onésimo Tavárez Sánchez, MAE. /MAM.
Desde tiempos anteriores la presencia de un técnico nacional, regional o distrital en una escuela era vista con temor y hasta sobresalto por parte de maestros y gestores de la escuela dominicana, lo cual ha ido variando con las distintas modificaciones a la ley general de educación, manual de puestos y otras normativas legales, las cuales me sirvo explicar a continuación para mis alumnos de la asignatura Administración y Legislación educativa, así como hacia el público en general.
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El técnico, ya sea nacional, regional o  distrital tiene autoridad sobre el director de centro, pero esta autoridad es de índole técnica y supervisora, no administrativa o jerárquica. El director es el máximo responsable del centro educativo y tiene autoridad sobre su personal. El técnico distrital ofrece apoyo técnico y guía, pero no puede dar órdenes directas al director. 
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El Manual de Puesto del Sistema Educativo Dominicano establece lo siguiente:
  • El director es el líder del centro educativo:
    El director es responsable de la dirección, gestión y coordinación de todas las actividades del centro.
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  • El técnico distrital ofrece apoyo técnico y supervisión:
    El técnico distrital tiene como función apoyar a los centros educativos en la implementación de políticas y programas educativos, brindar asesoramiento técnico y supervisar el funcionamiento del centro.
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  • La autoridad del director es de naturaleza administrativa y jerárquica:
    El director tiene autoridad sobre su personal, incluyendo profesores, auxiliares y demás personal administrativo.
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  • La autoridad del técnico distrital es de naturaleza técnica y supervisora:
    El técnico distrital no puede dar órdenes directas al director, sino que ofrece recomendaciones y guía técnica. 
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En resumen: El técnico nacional, regional o distrital tiene una autoridad técnica y supervisora sobre el director de centro, pero el director es el máximo responsable del centro y tiene autoridad administrativa y jerárquica.  De este tema seguiremos hablando
Nota: El autor es docente de las carreras Psicología Educativa, Psicología Industrial, Administración de Empresas, Contabilidad, Mercadotecnia, Administración Turística, Locución y comunicación
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Fuentes:
  • El manual de puesto del Sistema Educativo Dominicano
  • El Reglamento de Instituciones Educativas Públicas y el Reglamento de las Instituciones Educativas Privadas, disponibles en el sitio web del Ministerio de Educación de la República Dominicana y en el sitio web de Regional 07 respectivamente, dan detalles sobre la estructura de autoridad. 
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