A continuación reproducimos la AUDIO-COLUMNA de Nuestro Articulista Invitado, dejando claro que los conceptos emitidos son de la responsabilidad y pensamiento exclusivo de su autor y que el equipo directivo de este portal se reserva el derecho de coincidir o no con sus postulados, pero que nos alegra aportar a LA DIVERSIDAD DEMOCRáTICA DE CRITERIOS
Por Santiago A. Pena Taveras///EPC DOMINICANA-MEDIOS
En Mao.-Recientemente, funcionarios públicos, personalidades y gran parte de la población, han expresado júbilo, y alabanzas al presidente Danilo Medina por la emisión del Decreto 310-16 que incorpora de manera obligatoria la enseñanza de la Constitución de la República en el sistema educativo dominicano.
La disposición del presidente es positiva, pero no era necesaria. El presidente, ni ninguna autoridad esta por encima de la constitución, esto se debía estar aplicando ya, pues se trata de un mandato expreso de la carta magna. No es necesario hacer obligatorio, algo que de manera expresa está consignado en la ley de leyes del país.
La Constitución contempla el Derecho a la Educación, dentro de los Derechos Económicos y Sociales, que son uno de los derechos fundamentales que establece la carta magna. En el Articulo 63 la constitución, trata de manera especial, todo lo referente al derecho a la educación que tiene cada ciudadano dominicano. Este artículo en sus 13 numerales desglosa la responsabilidad del Estado y los derechos del ciudadano en materia educativa.
Cito el numeral 13 del artículo 63 de la constitución “Con la finalidad de formar ciudadanas y ciudadanos conscientes de sus derechos y deberes, en todas las instituciones de educación pública y privada, serán obligatorias la instrucción en la formación social y cívica, la enseñanza de la Constitución, de los derechos y garantías fundamentales, de los valores patrios y de los principios de convivencia pacífica”.
Un mandato más claro de ahí, no puede ser. ¿Entonces, por qué tanta algarabía? Se trata de una forma más de entretener a la gente y de otorgar grandeza y omnipotencia a la figura presidencialista, que en nuestro país ya es bastante, como parte de la herencia Trujillista.
Es entendible que funcionarios al servicio del gobierno y de la causa de este, así se manifiesten. También el pueblo llano, por desconocimiento puede dejarse sorprender en su buena fe.
Ante las reacciones de importantes funcionarios, según los reportes de prensa, es necesario cuestionar sus posiciones, sobre todo entendiendo que dentro de su rol, está precisamente la responsabilidad de que el mandato de la constitución ya se estuviese ejecutando.
El magistrado Milton Ray Guevara, presidente del Tribunal Constitucional de la República Dominicana, ha manifestado que la actual administración del presidente Danilo Medina Sánchez, pasará a la historia escolar dominicana y a la constitucional por haber dictado el Decreto 310-16 ordenando la enseñanza obligatoria de la Carta Sustantiva en las escuela y colegios. Agregando que “No me puedo sentir más feliz, es uno de los días más felices de mi vida, porque es el futuro para la República Dominicana, para que tenga una nueva generación constitucional” manifestó. Señor Magistrado, ese “pasar a la historia” que usted le atribuye al presidente, debió habérselo ganado usted, si como parte del desempeño de sus funciones, hubiese puesto en marcha los mecanismos que le facultan y obligan a hacer cumplir la constitución.
Con el decreto del presidente, el ministro de Educación, Andrés Navarro García, se apresta a la firma de un acuerdo con el Tribunal Constitucional, dice él, con la finalidad de proteger los derechos fundamentales y el cumplimiento de la Constitución, atribuciones que la Carta Magna consagra a la alta corte. Señor ministro, pero estas atribuciones son también para usted.
Tanta algarabía por ordenar algo que Ordena la constitución, sobre todo patrocinada por los responsables de que ese ordenamiento ya se estuviese cumpliendo. Solo en este país eso es posible.
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